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Préstamos de las instituciones financieras de desarrollo en Perú
Lo mencionado no es solo porque se
necesitan estos espacios para realizar las
actividades previstas, sino también por la
probable contaminación ambiental que
se genere en sus recursos naturales. De
no instalarse los mecanismos jurídicos
que faciliten a los pobladores proteger
sus territorios, se puede debilitar el
derecho fundamental a la propiedad y
a la posesión. Asimismo, se debe evitar
perjudicar el derecho a una vida digna en
las comunidades aledañas que requieren
de ecosistemas para sobrevivir. Al resultar
destruidos o afectados, se restringirían a
las comunidades indígenas de las fuentes
de abastecimiento que poseen.
Por otro lado, como se ha podido
observar, muchos de los préstamos
incluyen beneficiarios que directa o
indirectamente, como en el caso de los
préstamos que buscan fortalecer el trabajo
de instituciones estatales, involucran la
defensa y mejora de programas sociales
para el cumplimiento de derechos de
poblaciones vulnerables como mujeres,
niños, trabajadores y pueblos indígenas.
Al respecto, debido a que la mayoría
de los préstamos se encuentran en
aprobación y aún no en implementación,
no hay mucho de lo que se pueda
decir sobre derechos vulnerables. Sin
embargo, sí podemos analizar y poner
el foco de atención en cómo el banco
identifica poblaciones vulnerables en la
presentación de los préstamos. Esto es
especialmente importante, ya que sin una
definición clara de los beneficiarios del
proyecto no es posible medir de manera
adecuada los riesgos.
Por ejemplo, alrededor del préstamo
del «Programa de mejora del sistema
de protección social en Perú (IADBPE-T1432)», la descripción de la población
beneficiaria resulta muy amplia, debido
a que los documentos analizados no
especifican cómo se identificarán a
los grupos sociales que mencionan, a
pesar de ser información necesaria por
términos de transparencia. Por ejemplo,
en el caso de las personas que viven en
zonas vulnerables al cambio climático, no
queda claro quiénes son los beneficiarios.
Por ello, la descripción del préstamo
genera expectativas en todos estos
grupos sociales, así como confusión en
cuanto quienes integran los mismos,
pues no existe una delimitación clara en
ese caso específico.
Asimismo, un gran componente del
préstamo, como se mencionó en la
sección anterior, está relacionado a
mejorar el acceso al aseguramiento
contra la pérdida de ingresos y favorecer
el incremento de la formalidad laboral y
la mejora del aseguramiento social. En
ese sentido, es adecuado mencionar
que el contexto de la seguridad laboral
en el Perú debe ser tomado en cuenta
para una correcta identificación de los
beneficiarios del préstamo. De acuerdo
al Decreto de Urgencia n.o 127-2020,
aprobado en el marco de este préstamo,
los subsidios están dirigidos a los
empleadores del sector privado que
cuentan con un régimen laboral dentro
del marco legal, es decir, en el ámbito
formal, por lo que no estaría incluida la
población vulnerable como lo señala
la propuesta del préstamo, menos aun
desagregando mediante raza/género/
etnia como señala la matriz de la política
en el anexo II del perfil del proyecto.
Además, es importante tener en cuenta
que la tasa de empleo informal era de
72.7 % nacional. Sin embargo, con la
llegada de la COVID-19, este índice creció
en 2.6 puntos porcentuales, mayor que el
año anterior, hasta ubicarse en un 75.3 %
del total de ocupados en Perú. A partir de
este número, el área rural representa el
96.1 % y es donde se ubican las regiones
más pobres.
Ahora bien, sobre la inclusión de los
pueblos indígenas mencionados en
los préstamos de mejora del sector
de protección social y el sector salud,
estos no incluyen criterios y enfoques
para la participación y el diálogo con los
pueblos indígenas, incluso cuando varias
regiones amazónicas del Perú fueron
las más afectadas en cuanto a servicios
del Estado. Sin embargo, en ninguno de
los documentos señalan la necesidad
de contar con personal e instituciones