DS 4276
26 junio
DS 4277
23 junio
DS 4278
30 junio
DS 4285
15 julio
DS 4288
15 julio
DS 4289
15 julio
DS 4290
15 julio
DS 4293
24 julio
DS 4295
24 julio
DS 4297
24 julio
DS 4298
24 julio
DS 4301
24 julio
Ante el incremento del contagio comunitario y aumento de casos
positivos del Coronavirus (COVID-19) en el territorio boliviano, el
presente DS tiene por objeto ampliar el plazo de la cuarentena
nacional, condicionada y dinámica.
Dispone la transferencia de los recursos de la asistencia otorgada bajo
el Instrumento de Financiamiento Rápido – IFR del Fondo Monetario
Internacional – FMI, al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas,
como apoyo presupuestario para el Tesoro General de la Nación –
TGN.
Establece medidas y amplia los plazos para la Seguridad Social de
Largo Plazo en todo el territorio del Estado Plurinacional de Bolivia,
ante la ampliación de la cuarentena nacional, condicionada y
dinámica por la Pandemia del Coronavirus (COVID-19)
Incorpora el uso de medios electrónicos para la ejecución de
procesos de contratación y establecer excepcionalidades específicas
al DS Nº 0181, de 28 de junio de 2009, Normas Básicas del Sistema de
Administración de Bienes y Servicios, en razón a las restricciones
ocasionadas por la cuarentena nacional declarada por el Coronavirus
(COVID-19).
Autoriza de manera excepcional y temporal, la ampliación de la
vigencia del Carnet de Discapacidad que se encuentren vencidos para
las personas con Discapacidad grave y muy grave, para el pago del
bono mensual.
Autoriza la asignación presupuestaria de recursos adicionales a favor
del Ministerio de Gobierno, para contratar un seguro de invalidez
total y permanente o muerte derivada por el contagio del
Coronavirus (COVID-19) para los efectivos policiales
Otorga atención en salud gratuita por COVID-19, a personas en
situación de calle y población en situación de riesgo social que no se
adscribieron al Sistema Único de Salud o no cuentan con Cédula de
Identidad – C.I.
Declara DUELO NACIONAL en todo el territorio del Estado
Plurinacional de Bolivia por tres (3) días, sin suspensión de
actividades públicas y privadas, por el fallecimiento del ciudadano
OSCAR JAVIER URENDA AGUILERA.
Establece de manera excepcional, un procedimiento ágil y oportuno
para otorgar Certificado de incapacidad temporal por Coronavirus
(COVID-19) y Altas médicas derivadas del contagio del Coronavirus
(COVID-19) al personal de entidades públicas y privadas por parte de
los entes gestores de la Seguridad Social de Corto Plazo.
Autoriza al Ministerio de Desarrollo Productivo y Economía Plural, la
constitución de un Fideicomiso para el Fondo de Garantía para el
Consumo de Bienes y Servicios Nacionales – FOGABYSEN.
Tiene por objeto:
1. Establecer incentivos tributarios para la reactivación económica; y
2. Promocionar la creación de nuevas empresas mediante un sistema
tributario de apoyo al emprendimiento.
Declara Calamidad Pública en todo el territorio del Estado
Plurinacional de Bolivia, para la atención de necesidades
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