DS 4276 26 junio DS 4277 23 junio DS 4278 30 junio DS 4285 15 julio DS 4288 15 julio DS 4289 15 julio DS 4290 15 julio DS 4293 24 julio DS 4295 24 julio DS 4297 24 julio DS 4298 24 julio DS 4301 24 julio Ante el incremento del contagio comunitario y aumento de casos positivos del Coronavirus (COVID-19) en el territorio boliviano, el presente DS tiene por objeto ampliar el plazo de la cuarentena nacional, condicionada y dinámica. Dispone la transferencia de los recursos de la asistencia otorgada bajo el Instrumento de Financiamiento Rápido – IFR del Fondo Monetario Internacional – FMI, al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, como apoyo presupuestario para el Tesoro General de la Nación – TGN. Establece medidas y amplia los plazos para la Seguridad Social de Largo Plazo en todo el territorio del Estado Plurinacional de Bolivia, ante la ampliación de la cuarentena nacional, condicionada y dinámica por la Pandemia del Coronavirus (COVID-19) Incorpora el uso de medios electrónicos para la ejecución de procesos de contratación y establecer excepcionalidades específicas al DS Nº 0181, de 28 de junio de 2009, Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios, en razón a las restricciones ocasionadas por la cuarentena nacional declarada por el Coronavirus (COVID-19). Autoriza de manera excepcional y temporal, la ampliación de la vigencia del Carnet de Discapacidad que se encuentren vencidos para las personas con Discapacidad grave y muy grave, para el pago del bono mensual. Autoriza la asignación presupuestaria de recursos adicionales a favor del Ministerio de Gobierno, para contratar un seguro de invalidez total y permanente o muerte derivada por el contagio del Coronavirus (COVID-19) para los efectivos policiales Otorga atención en salud gratuita por COVID-19, a personas en situación de calle y población en situación de riesgo social que no se adscribieron al Sistema Único de Salud o no cuentan con Cédula de Identidad – C.I. Declara DUELO NACIONAL en todo el territorio del Estado Plurinacional de Bolivia por tres (3) días, sin suspensión de actividades públicas y privadas, por el fallecimiento del ciudadano OSCAR JAVIER URENDA AGUILERA. Establece de manera excepcional, un procedimiento ágil y oportuno para otorgar Certificado de incapacidad temporal por Coronavirus (COVID-19) y Altas médicas derivadas del contagio del Coronavirus (COVID-19) al personal de entidades públicas y privadas por parte de los entes gestores de la Seguridad Social de Corto Plazo. Autoriza al Ministerio de Desarrollo Productivo y Economía Plural, la constitución de un Fideicomiso para el Fondo de Garantía para el Consumo de Bienes y Servicios Nacionales – FOGABYSEN. Tiene por objeto: 1. Establecer incentivos tributarios para la reactivación económica; y 2. Promocionar la creación de nuevas empresas mediante un sistema tributario de apoyo al emprendimiento. Declara Calamidad Pública en todo el territorio del Estado Plurinacional de Bolivia, para la atención de necesidades 59

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