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Préstamos del BID durante la pandemia de la COVID-19: caso Bolivia
Ley 535 de Minería
y Metalurgia de 28
de mayo de 2014
Artículo 207.Se garantiza el derecho de consulta previa, libre e informada realizada
por el Estado a las naciones y pueblos indígena originario campesinos,
comunidades interculturales y pueblo afroboliviano, como derecho
colectivo y fundamental de carácter obligatorio, a realizarse respecto de
toda solicitud bajo la presente Ley, para la suscripción de un contrato
administrativo minero susceptible de afectar directamente sus derechos
colectivos.
Resolución de Sala Plena
118 del Órgano Electoral
Plurinacional aprobada el
26 de octubre de 2015
reglamento para la observación y el acompañamiento en procesos de
consulta previa.
Ley 31 Marco de Autonomía
y Descentralización del
19 de julio de 2010
Artículo 87
De acuerdo a la competencia exclusiva del Numeral 21 del Parágrafo I del
artículo 304 de la Constitución Política del Estado los gobiernos indígena
originario campesinos autónomos tienen la competencia exclusiva de
participar y desarrollar los mecanismos necesarios de consulta previa
sobre la explotación de recursos naturales, entre otros.
Decreto Supremo
4257 del 4 de junio
Extingue el Viceministerio de Medicina Tradicional e Interculturalidad
para crear una dirección con el mismo nombre y competencias, pero con
inferior rango y presupuesto dependiente de otro Viceministerio.
Decreto Supremo 4232
del 10 de mayo
Abreviación de evaluación de semillas transgénicas de maíz, trigo y soya.
Ley Forestal 1700 del
12 de julio de 1996
Reglamento de la Ley Forestal, artículo 28
Los planes de manejo forestal en tierras comunitarias de origen, siempre
que estas no estén declaradas además como áreas protegidas, se
efectuarán realizando procesos de consulta que consideren sus valores
culturales y espirituales.
Ley de Pesca y Acuicultura
Sustentable de 3 de
mayo de 2019
Artículos 10.1 y 43
Las organizaciones de pescadores y acuicultores podrán conformar
instancias de control y vigilancia para monitorear el cumplimiento de la ley.
Fuente: Elaboración propia.
Como se puede observar en la tabla,
el país adicionalmente se ha adscrito a
la normativa internacional a través de
la aprobación y ratificación —mediante
Ley de la República 1257— del Convenio
169 sobre Pueblos Indígenas y Tribales
en Países Independientes de la OIT y la
aprobación de la Ley 3760 de noviembre
de 2007, que eleva a rango de ley la
Declaración de las Naciones Unidas
sobre los derechos humanos de los
pueblos indígenas.
12. En 2018, OVE realizó una evaluación de las salvaguardias ambientales y sociales. Una de las conclusiones fue que había llegado el momento de que
el Grupo BID actualice su marco de políticas de salvaguardia y avance hacia un marco integrado y completamente coherente.